CONSEJEROS DE SEGURIDAD
¿Por qué se crea esta figura?
A través de la Directiva 96/35/CE del Consejo de 3 de junio de 1996, relativa a la designación y a la cualificación profesional de Consejeros de Seguridad para el transporte por carretera, por ferrocarril o por vía navegable de mercancías peligrosas, los Estados Miembros, concienciados con el aumento de transporte de mercancías peligrosas y la necesidad de establecer medidas que potenciara la seguridad de éstos, acordaron la creación de la figura de un experto en el ámbito del transporte de estas materias.
Como Estado Miembro, España tiene la obligación de transponer la citada Directiva al ámbito nacional, para el transporte por carretera, este proceso se realizó mediante el Real Decreto 97/2014 de 14 de febrero, (BOE del 27.02.14) que regula la obligatoriedad de disponer del citado Consejero y para el transporte por ferrocarril o por via navegable, este proceso se realizó mediante el Real Decreto 1566/1999 de 8 de octubre, y la Orden FOM/605/2004 de 27 de febrero del Ministerio de Fomento (BOE del 09.03.04) que desarrolla los exámenes para acceder a dicha Titulación.
DURACIÓN
27 HORAS
REQUISITOS
– No estar privado del derecho a conducir.
– Certificado médico.
– Residencia en España.
– DNI en vigor.
– Haber realizado un curso ADR básico + cisternas en un centro homologado.
– Permiso de la clase B, al menos, 1 año.
PRUEBA
Prueba tipo test de Prueba tipo test de 30 preguntas en la jefatura de tráfico de Murcia para el curso ADR básico.
Máximo 3 errores.
Prueba tipo test de 20 preguntas en la jefatura de tráfico de Murcia para el curso ADR cisternas.
Máximo 2 errores.
PRECIO
180 €
Tasas incluidas